La resolución de la SCJN en el tema del aborto representa un paso más en la lucha histórica por la igualdad y los derechos de las mujeres.
El fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre el aborto en México es histórico. Esto, no solo porque representa un avance en el reconocimiento de los derechos de las mujeres en nuestro país. También por lo que está ocurriendo en Estados Unidos sobre el tema.
En la década de los 70, la Corte Suprema de ese país garantizó a las estadounidenses su derecho a interrumpir un embarazo.
La decisión fue histórica, pero en la práctica, la falta de clínicas que practiquen este procedimiento ha limitado dicha garantía.
El activismo antiaborto ha luchado durante décadas para revertir el fallo del máximo tribunal estadounidense. Poco a poco, ha rendido sus frutos.
Después de 50 años, esa ley no solo ya no está vigente en Texas; esta semana tuvo uno de sus reveses más dramáticos.
La nueva norma, que entró en vigor a principios de septiembre, prohíbe el aborto cuando los latidos del corazón del embrión ya son detectables. Es decir, alrededor de las seis semanas de gestación.
Este periodo es solo la mitad del plazo permitido en CDMX, cuando la mayoría de las mujeres ni siquiera sabe sobre el embarazo.
Esta ley no hace excepciones en casos de violación o incesto. La única forma en que se puede interrumpir el embarazo después de dicho plazo es ‘si un médico considera que existe una urgencia médica’.
Adicionalmente, plantea que cualquier ciudadano pueda denunciar a las clínicas o personas que ayuden o inciten la interrupción del embarazo. En recompensa, se ofrece una indemnización de 10 mil dólares, lo que abre la puerta para iniciar una ‘cacería de brujas’.
La situación de Texas es solo uno de los motivos por los que la resolución de la SCJN en México sobre el aborto es histórica.
Antecedentes del aborto en México
Actualmente, solo cuatro de los 32 estados del país permiten la interrupción del embarazo por libre decisión.
El primero de ellos fue CDMX, en 2007; Oaxaca hizo lo propio en 2019, mientras que Hidalgo y Veracruz lo aprobaron este 2021.
En todas las entidades, el plazo se limita a las primeras doce semanas de gestación, sin importar las causales.
Hasta el momento, el aborto en todo México solo es legal cuando el embarazo es producto de una violación.
Los estados determinan qué circunstancias acepta y cuáles no para que la interrupción de la gestación no sea considerada un delito. Guanajuato y Querétaro son los más restrictivos al respecto.
Estados como Veracruz buscaron proteger la vida desde el momento de la concepción a través de proyectos de ley.
Sin embargo, con esto se ignoraba la importancia del papel de la mujer durante el embarazo. Por ello, el fallo de la SCJN representa un paso histórico para nuestro país en tema de derechos humanos.
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¿Qué dice el proyecto del ministro Luis María Aguilar Morales?
Esta semana, la SCJN revisó el proyecto del ministro Luis María Aguilar Morales para declarar inconstitucional la criminalización del aborto en Coahuila.
En dicho estado, se castigaba hasta con tres años de cárcel a las mujeres que interrumpían su embarazo por libre elección.
La iniciativa de Aguilar Morales proponía reconocer que las mujeres tienen derecho a decidir libremente abortar en la etapa inicial de la gestación:
“No corresponde al Estado conocer o evaluar las razones para continuar o interrumpir su embarazo, ya que pertenecen a la esfera de intimidad de la mujer, y que pueden ser de la más diversa índole, lo que comprende razones médicas (físicas y psicológicas), económicas, familiares, sociales, entre otras”
Aguilar Morales propuso invalidar el artículo 196 del Código Penal de Coahuila. En este se establecen penas de uno a tres años a quien aborte y a quien le ayude en el procedimiento.
El ministro precisó que no se analiza un supuesto ‘derecho al aborto’. Señaló que lo que está a discusión son cuatro aspectos importantes:
- La libertad de elegir
- Libre desarrollo de la personalidad
- El derecho a la salud
- Derecho a la libertad reproductiva
SCJN vota a favor de la despenalización del aborto
Tras dos días de discusión, la SCJN votó a favor del derecho a decidir la interrupción del embarazo sin criminalizar a las mujeres.
La participación de la ministra Ana Margarita Ríos Farjat fue una de las más destacadas. Ella se pronunció en contra de los reduccionismos que estigmatizan a quienes eligen abortar.
Asimismo, Ríos Farjat señaló que la interrupción voluntaria del embarazo no es un tema penal, sino de salud pública:
“Estoy en contra de estigmatizar a quienes toman esta decisión que, me parece, si ya de por sí es difícil y dura por la carga moral social, no debería serlo más por la fuerza del derecho. Nadie se embaraza, en ejercicio de su autonomía, para después abortar”.
La ministra continuó:
“En nombre de la vida se penaliza a las mujeres o por ser ignorantes o por ser promiscuas o por ser malas y no terminar el embarazo para dar el bebé en adopción. Se criminaliza a la persona gestante, sin encontrarse definido constitucionalmente, si la vida se tutela invariablemente desde la concepción y cuál es el tratamiento del embrión en el mundo jurídico”
Los diez ministros ministros de la SCJN coincidieron en que el artículo 196 del Código Penal de Coahuila incurría en tres aspectos graves:
- Viola los derechos humanos al libre desarrollo de la personalidad
- Es discriminatoria
- Niega el acceso a la salud
Por unanimidad, ministros invalidaron la legislación y señalaron en su resolución:
“La fórmula legislativa de orden penal, que fue elegida por el Congreso local y que contiene la criminalización de la interrupción voluntaria del embarazo en todo momento, supone la total supresión del derecho constitucional a elegir de las mujeres”
¿Por qué es histórico el fallo de la SCJN sobre aborto?
El fallo de la SCJN sobre el aborto fue histórico desde el inicio y no solo porque México es un país, en su mayoría, católico.
Esta fue la primera vez que un tribunal constitucional de Latinoamérica se pronuncia sobre el derecho de la mujer a decidir ‘sobre ser madre o no’.
La SCJN ya había abordado el tema del aborto en ocasiones pasadas. Sin embargo, lo hacía en referencia al proceso legislativo o constitucionalidad.
En esta ocasión, el proyecto de Aguilar Morales buscó llegar al fondo y definir el derecho de las mujeres a decidir libremente sobre sus cuerpos.
Además, esta resolución hará posible que los jueces en otros estados, donde todavía se castiga el aborto, no procesen a las mujeres que son acusadas por abortar voluntariamente.
¿Qué implica el fallo de la SCJN?
La resolución no solo obliga a Coahuila a modificar su Código Penal. Por tratarse de una acción de inconstitucionalidad, se ha sentado un precedente para su aplicación en el resto de estados de la república.
En un comunicado difundido en redes sociales, las SCJN señaló:
“Al haberse alcanzado una mayoría que supera los ocho votos, las razones de la corte obligan a todas y todos los jueces de México, tanto federales como locales”
Arturo Zaldívar, ministro presidente de la SCJN, dijo sobre el fallo:
“Se inicia una nueva ruta de libertad, de claridad, de dignidad y de respeto a todas las personas gestantes, pero sobre todo a las mujeres. El día de hoy es un paso más en la lucha histórica por su igualdad, por su dignidad y por el pleno ejercicio de sus derechos”
Con información de Forbes, El Universal, Partidero, France 24, El País, Animal Político y El Financiero
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