La Ley Belén está inspirada en el caso de Belén San Román, quien se suicidó luego de sufrir acoso tras la difusión de imágenes intimas sin consentimiento.
En México, la difusión de fotos y videos íntimos de una persona sin su consentimiento es violencia sexual y digital.
En algunos estados de la república mexicana este tipo de acciones se considera un delito gracias a la Ley Olimpia.
Sin embargo, en Argentina este tipo de actos no son castigados, pero ya se presentó la Ley Belén para proteger a las víctimas.
En aquel país, las mujeres no reciben apoyo legal cuando son amenazadas con exponer contenido íntimo en el que aparecen.
Como consecuencia, las víctimas comienzan a experimentar lo que ellas catalogan como ‘un verdadero infierno’.
La tortura y ‘la vergüenza’ a la que son sometidas ‘es tan grande’ que algunas optan por quitarse la vida.
Ley Olimpia visibilizó violencia digital contra mujeres
La violencia digital, violencia de género, violación a la intimidad son actos que son castigados por la Ley Olimpia.
En 2018, los congresos de Puebla, Ciudad de México y Yucatán fueron los primeros en sancionar este tipo de acciones.
“Se reformó el artículo seis de la ley para establecer que la violencia digital son aquellos actos de acoso, hostigamiento, amenazas, insultos, vulneración de datos e información privada, divulgación de información apócrifa y mensajes de odio”.
Se llama Ley Olimpia en honor a Olimpia Coral, originaria de Huauchinango, Puebla.
Cuando Olimpia tenía 18 años, su vida dio un giro de 180 grados. En ese entonces, quien era su novio y ella se grabaron teniendo relaciones sexuales. El rostro del sujeto nunca apareció a cuadro, el de ella sí.
Tiempo después, el material fue compartido ‘sin escrúpulos’. La difusión fue tan grande que Olimpia comenzó a ser llamada ‘la gordibuena de Huauchinango’.
Olimpia se encerró en su casa por ocho meses. Intentó suicidarse en tres ocasiones.
De acuerdo con su testimonio, ‘lo peor llegó’ cuando su mamá se enteró de que todo el pueblo la había visto teniendo sexo.
Su madre, originaria de una comunidad indígena, la miró a los ojos y le dijo:
“Todas cogemos. Tu prima, tu hermana, yo. La diferencia es que a ti te ven hacerlo. Eso no te hace una mala persona o una delincuente. Sólo disfrutaste tu vida sexual como lo hace cualquier persona. Vergüenza sería que hubieras robado o matado”.
En ese momento, Olimpia entendió que la culpa no era suya y fue al ministerio público a denunciar. Sin embargo, no existía ninguna ley que la amparara. Por ello, redactó una reforma que presentó en Palacio Municipal de Puebla en 2014.
En diciembre de 2018, el Congreso de Puebla aprobó reformas al Código Penal para castigar con tres a seis años de cárcel a quien difunda contenido sexual sin consentimiento de los involucrados.
El caso Belén San Román
Un caso similar al de Olimpia ocurrió en Argentina; allá la víctima se llamaba Belén San Román.
Belén era agente de Policía Bonaerense de la ciudad de Bragado. Su pareja compartió fotos y videos íntimos de la mujer sin su consentimiento.
La argentina no aguantó la situación y terminó dándose un disparo en la cabeza. Su agonía duró cinco días hasta que murió en el hospital municipal de su ciudad de origen.
Los hechos ocurrieron en noviembre de 2020, cuando ella tenía apenas 26 años. Era madre de dos niñas, quienes ahora reclaman a los diputados que se apruebe la ley contra la ‘pornovenganza’.
Jorge San Román, padre de la víctima, escribió en Facebook:
“Que la muerte de Belén y otras Belén no sean impunes. Que la celeridad prime por sobre lo conveniente, la violencia machista en distintas modalidades MATA” [sic].
Por su parte, Graciela Álvarez, mamá de Belén, denunció en redes sociales:
“Tobías Villarruel de la ciudad de Chivilcoy, el que viralizó fotos y videos de mi hija, hostigándola y amenazándola, hizo que ella termine con su vida. Tan culpable esta lacra, como todos aquellos que viralizaron. El ser humano es la peor de las especies en este mundo enfermo. Ojalá sus sucias conciencias no los dejen vivir en paz” [sic].
¿Cómo surgió la Ley Belén?
Desde ese entonces, integrantes de colectivas feministas piden incorporar como delito ‘la difusión no consentida de contenidos sexuales íntimos’.
Celeste González, instructora de la Educación Sexual Integral, es quién está luchando por promover la Ley Olimpia en Argentina
“Se debe realizar una reforma integral, con la cual se visibilice la violencia digital por razones de género, al establecer dentro de las modalidades de violencia cuando sea hacia las mujeres” [sic].
En 2021, Celeste compartió para Mujer México que fue víctima de amenazas por promover la Ley Olimpia en Argentina.
Sin embargo, recalcó que no pararía hasta que fuera tipificado como delito la difusión de contenido íntimo sin autorización.
“Yo como actriz erótica estoy acostumbrada a que viralicen contenido. No es algo que me afecte mentalmente como sí afecta a una chica que no está acostumbrada y que el novio, un ex, un amigo o un compañero de trabajo decide hacer circular todos sus contenidos íntimos y una chica sí se puede ver sumida en una depresión profunda” [sic].
Mónica Macha presenta el proyecto de Ley Belén
En junio de 2022, la diputada Mónica Macha presentó una iniciativa de ley junto a víctimas de violencia digital.
La propuesta también fue impulsada por la organización “Género y TIC”.
La Ley Belén buscan reformar el Código Penal para tipificar como delito la difusión no consentida de material íntimo.
Además propone aplicar sanciones que contemplan fuertes multas y prisión de dos a ocho años.
La iniciativa está inspirada en el caso de Belén San Román, quien fue inducida al suicidio. Esto fue luego de sufrir difusión no consentida de material íntimo.
“El texto está inspirado en una ley mexicana Olimpia y lleva el nombre de Belén San Román, agente del Comando de Patrullas Rurales de Bragado que en diciembre de 2020 se quitó la vida cansada del acoso, de la exposición y la vergüenza que le provocó la difusión sin su consentimiento de fotografías íntimas y de un video sexual en las redes sociales”.
¿Qué propone la Ley Belén?
La iniciativa de la Ley Belén contempla lo siguiente:
“Se aplicará prisión de tres meses a tres años y el doble de la multa establecida en el párrafo anterior a quien por cualquier medio, y sin autorización de la víctima, difunda, publique, envíe o de cualquier manera ponga al alcance de terceros los documentos referidos en el párrafo anterior obtenidos con o sin mediar su consentimiento”.
De acuerdo con la propuesta, las penas se aumentarán en un tercio cuando el delito lo comete una persona mediante violencia de género. También si el hecho se comete con fin de lucro o por placer, codicia, odio racial, religioso, de género o a la orientación sexual, identidad de género o su expresión o contra una persona menor de edad.
En este sentido, Macha señaló que:
“La ciberviolencia de género fue definida por la relatora especial de la ONU como violencia contra las mujeres facilitada por la tecnología de la información y las comunicaciones (TIC). La violencia en entornos digitales reconoce múltiples formas que se renuevan y reinventan constantemente con motivo de la rápida evolución de las TIC”.
Finalmente, esta iniciativa también fue publicada en change.org para que cualquier persona pueda firmar a favor de ella.
En la página de internet se especifica a detalles en qué consiste la propuesta que fue presentada en Argentina.
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